Artículo 6. Normas de Régimen interior
Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior, que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración.
Análisis jurídico-legal
La Comunidad puede prohibir el alquiler de uso turístico en viviendas de un edificio en propiedad horizontal. El alquiler de uso turístico no es equiparable al arrendamiento de vivienda
El alquiler de uso turístico de pisos en propiedad horizontal
La eficacia real de una norma o estatuto que imponga el pago de las costas judiciales en todo caso al condueño moroso en el pago de las cuotas de Comunidad.
Propiedad Horizontal. La eficacia de los Estatutos y Normas de Régimen Interior.
-Los artículos enlazados se fundamentan en la normativa existente al tiempo de su publicación-





