Artículo 7. El abuso del derecho
1. Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
2. La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
Análisis jurídico-legal del artículo
¿Es requisito imprescindible para la subrogación, la notificación al arrendador, de modo fehaciente y en plazo, del fallecimiento del inquilino?
La subrogación por fallecimiento del inquilino
¿Puede el casero negarse al ejercicio de la opción de compra pactada con el inquilino, invocando necesidad de la vivienda arrendada?
Opción de compra, denegación por necesidad
Un retraso injustificado en el ejercicio de un derecho puede constituir abuso
El retraso desleal en el ejercicio del derecho
No siempre el retraso en el ejercicio del derecho puede ser considerado desleal
El ejercicio desleal del derecho
El concepto de abuso del derecho
El abuso del derecho
Exigir un fiador en el alquiler de vivienda no es abuso del derecho
Si eres joven y con trabajo inestable necesitas a tus padres para alquilar