Código Civil art. 1562
Artículo 1562. El estado de la finca arrendada.
A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.
Análisis jurídico-legal del artículo
¿Puede el arrendador compensar daños contra la fianza, si en la entrega de llaves ha firmado que todo estaba correcto?
La devolución de la fianza por el arrendador